LOS LÍMITES MARÍTIMOS DE VENEZUELA Y EL FALIBILISMO INDUCTIVO: la incompletitud de la teoría de los vientos
LOS LÍMITES MARÍTIMOS DE VENEZUELA Y EL FALIBILISMO INDUCTIVO
La incompletitud de la teoría de los vientos
2. Antecedentes y principios
Desde
la lógica matemática, los objetos de conocimiento, susceptibles de ser medidos
y ubicados en coordenadas euclidianas, no son de la invención de sujeto u
observador alguno. Existen, creamos o no en ellos.
El mar
y la fuerza eólica, como objetos de conocimiento, son independientes de los
constructos de filósofos e historiadores.
La denominada teoría de los vientos y las delimitaciones marítimas entre el antiguo Virreinato de Nueva Granada y la Capitanía General de Venezuela, y de está con las colonias holandesas del Demerara, Berbice y Esequibo, no constituyen una hipótesis inédita, nacida de una epifanía de nuevo cuño, pocas cosas de semejante índole lo son.
Tales
pretensiones toman ventaja de la poca disposición que tenemos por el estudio de
antecedentes, y del entusiasta gusto por preterir los trabajos, de quienes
rechazamos desde lo emocional. Esto tiene éxito en el mundo desconexo en que
vivimos, uno efímero e inútil.
Armada y Cancillería
Ángel
Manzanilla Célis, es un joven caraqueño, egresado de la Escuela de Historia de
la Universidad Central de Venezuela en el 2000. Como la mayoría, tuvo orígenes signados por
los avatares propios, de la precariedad de vidas alcanzadas.
Desde
estudiante, se desempeñó en el Archivo General de la Nación, como parte de un
programa de vanguardia para su época, como fue la digitalización sistemática de
las fuentes documentales, una iniciativa alentada por el Dr. Guillermo Briceño
Porras, de grata memoria.
Capacidad
de trabajo, método eficaz, una naturaleza reflexiva, y compromiso, fueron los
avales considerados, para que le fuera otorgada una beca de doctorado en la
Universidad de Sevilla.
Aquella
iniciativa no fue un espasmo animoso de las instituciones del gobierno. La
Armada, el Archivo General de la Nación, con el aval de la Cancillería, se empeñaron
en profundizar lo relacionado con la delimitación de los espacios marítimos
venezolanos. La proclamación del Mar de Venezuela, el 24 de julio de 1998, y
los asuntos pendientes con nuestros terrófagos vecinos, obligaban a ello. Fue
una previsión responsable.
Por
otra parte, los célebres levitas encargados de los aspectos históricos de los
límites en la Cancillería por casi media centuria envejecían o ya no estaban
con nosotros.
El Dr.
Roberto Palacios, Jefe de la Oficina de Investigaciones Históricas de
Washington, y el vicealmirante Julio Chacón Hernández, fueron el alma de aquellas
iniciativas.
Palacios
fue un funcionario diplomático con más de cincuenta años de servicios. Al final
de su carrera, dejó un inmenso repositorio documental de incalculable valor,
además de escritos y análisis, que siguen siendo referencia obligada. Aún
en retiro, y con recursos propios, siguió empeñado en una labor que ha
resultado ingrata.
El inquieto
y disciplinario Chacón Hernández, en su ejercicio como Comandante General de la
Armada, socalzó las bases, que haría de la Historia Naval venezolana, algo más
que un anecdotario para la galería.
La
misión a Sevilla estuvo formada por tres estudiantes, quienes comenzaron
actividades en el Archivo General de Indias y en la Universidad de Sevilla
entre 1999 y 2001. Presentaron resultados concretos: dos tesis de doctorado con calificaciones de
mención; dos tesinas igualmente ponderadas, y una a medio terminar.
Los
temas desarrollados fueron los siguientes:
1. Jairo Bracho Palma:
La Defensa de la Capitanía General de Venezuela (1783 – 1813). Sevilla, Universidad de Sevilla, leída en el 2003. Publicada en el 2006.
El Derecho Marítimo en el Mar de Venezuela
(1700-1783). Sevilla, Universidad de Sevilla, leída en 2002. Publicada en
el 2006.
2. Ángel Manzanilla Célis: Los Guardacostas de Cartagena de Indias.
Sevilla, Universidad de Sevilla, leída en el 2013. En proceso de publicación.
3. Yasser Hernández Lugo: La defensa de la Tierra del Agua
(Introducción a la defensa territorial en la provincia de Guayana, 1754-1817),
Sevilla, Universidad de Sevilla, 2003. No concluida.
Con
estos trabajos, el Estado venezolano profundizaba en aspectos, que consideraba
de la mayor importancia:
1. Circunstancias pertinentes de
los principios de eficacia colonial, post-colonial, y comportamiento de las
autoridades marítimas en Tierra Firme (Panamá, Colombia y Venezuela).
2. La técnica, los límites, y el Utti Possidetis Juris.
3. Los vientos y corrientes como
un aspecto importante, en la separación de las jurisdicciones marítimas entre
el Virreinato de Nueva Granada, la Capitanía General de Venezuela, y la colonia
del Esequibo.
4. La ingente cantidad de actos
jurídicos marítimos de eficacia normativa en Venezuela, así como de
apresamientos y encuentros navales de suerte favorable, en detrimento de los
pobres resultados presentados por el Virreinato de Nueva Granada.
5. El ejercicio continuado de
jurisdicción en la Guayana Esequiba.
Pablo
Ojer, Daniel Barandarian, los padres German, Nectario María y del Rey, habían señalado la influencia de los vientos
en las jurisdicciones marítimas, en sus recopilaciones y obras de los años 60 y
70.
El Dr.
Roberto Palacios profundizó sobre el tema, en sus escritos en los años 80 y 90.
El Dr.
Gerardo Moros Contreras, funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores, y
relacionado con las referidas investigaciones, desarrolló una tesis de interés fundamental,
denominada: El ejercicio de la soberanía venezolana en aguas del Mar
de las Antillas durante el siglo XIX y principios del siglo XX. Granada, Universidad de Granada, 2015. Ésta será objeto de
comentarios en escritos subsecuentes.
Los
cambios ocurridos luego de los sucesos del 2001 y 2002, truncaron los trabajos en
progreso, no por temas ideológicos, ni por una conspiración urdida por el nuevo
gobierno, sino por causas más terrenales, relacionadas con las inamovibles personalidades
que hacen una vida sinuosa en nuestra burocracia, y que persisten a pesar todas
las protestas declarativas de cambios y renovaciones.
Fue así, como las investigaciones del embajador Roberto Palacios fueron suspendidas, y los acuerdos con la Alcaldía de Sevilla para la manutención de los estudiantes, revocados.
El
estudiante Yasser Lugo regresó a Venezuela sin culminar un encargo, que habría
sido de la mayor importancia.
Pero, Ángel
Manzanilla Célis, se empeñó en terminar lo que había comenzado. Un ejemplo para
muchos de nosotros. Un vehículo abandonado como hogar, enfermedades de la piel
por la falta de aseo, escaso alimento la mayor parte de las veces, en trabajos
ocasionales de poco rédito, y ninguna posibilidad de retornar al país, persistió
durante diez años, hasta que finalmente, en el 2013, presentó la tesis de grado
con general aplauso.
La
tesis de Manzanilla, una brillante pieza de análisis y conocimiento fue elaborada
para el Estado venezolano. Semejantes esfuerzos no obtuvieron elogios, ni beneplácitos
colectivos, no haría falta.
Las
actuales contingencias por las que atraviesa el Estado venezolano nos impone
una sentida necesidad de que estos textos salgan a la luz, que sumados a otros muchos
esfuerzos académicos de diferentes autores y disciplinas, algunos en proceso de
redacción, nos obligue a abandonar nuestra magnífica, irrepetible y deforme
individualidad.
Pero también ayudaría a dejar en evidencia a los sacos de palabras,[1] amantes del micrófono y las primeras páginas, artífices del plagio descarado, encantadores de auditorios, sin mayores esfuerzos que la audacia de propósitos, y de combinaciones ingeniosas de cuatro o cinco palabras del diccionario revolucionario.
Los principios
Las
pruebas que urgen al Estado para sus fines teleológicos requieren de principios
o leyes que satisfagan la mayor cantidad de enunciados consistentes, como:
1. Dado un verdadero sistema de
delimitación marítima en el período de navegación a vela, ¿Resultan válidos
todos los principios que lo determinan?:
a. Vientos y corrientes.
b. La geografía.
c. La técnica.
d. La geopolítica, la guerra y la estrategia.
e. Las percepciones y creencias colectivas.
f. Los actos jurídicos expresos.
g. Los actos administrativos no
expresos, pero relacionados, como libros mayores, diarios de navegación, libros
de caja, etc.
Es
posible demostrar todo cuanto fuere verdadero para todas las anteriores
interpretaciones, si son probadas como válidas. Pareciera evidente, pero no lo
es.
El uso
recurrente de inventivas ingeniosas, limitan los esfuerzos para colocar los
objetos de conocimiento, en coordenadas espacio - temporales, con propiedades
de conexión invariante.
En beneficio de la extensión del ensayo, nos limitaremos a enunciados más o menos válidos para el primer y segundo axioma, dejando el resto, para trabajos posteriores. De igual manera, no entraremos en detalles en una circunstancia relacionada, como es la guerra, porque será parte de trabajos posteriores.