FIÓDOR MARTENS, VÍCTOR MANUEL III Y LA GUAYANA ESEQUIBA: El valor de los prejuicios
El valor de los prejuicios
Por: Jairo Bracho Palma
4. Conclusiones y reflexiones
Conclusiones
El criterio de Frederic Martens sobre las naciones, y
los derechos que derivan de su condición, es reiterado en la mayoría de sus
obras. Esta determinación, y la manera apasionada en lo expone, nos habla de un
funcionario diplomático sin objetividad, al servicio del zarismo, con unos
prejuicios propios del contexto expansionista ruso, no de un jurista con una
aproximación aceptable al conocimiento objetivo.
Tres declaraciones escritas, una del propio Martens,
determinan que la decisión en el Laudo Arbitral del 3 de octubre de 1899
transgredió las normas establecidas en el Tratado de Washington, lo que según
muchos autores de la época, es considerado causa de nulidad.
La naturaleza inmotivada y no jurídica de la sentencia
arbitral se explica por su intencionalidad política diplomática.
El presidente del Tribunal Arbitral de París, actuó con duplicidad, mala fe, y sentido antijurídico evidente, según se comprueba en la Tabla II.
Reflexiones
No resulta difícil comprobar la mala fe, la transgresión de las normas del derecho de Internacional establecidos expresamente en el Tratado de Washington, el exceso de poder, los aspectos ultra petita del proceso, y por lo tanto la nulidad del Laudo Arbitral, tanto como si se echa mano del derecho Inter temporal, como según los modernos criterios para estudio del caso.Sería una ingenuidad pensar que el peso político, las circunstancias
geoestratégicas, y los grandes intereses globales creados, y fomentados a
través del tiempo por las mismas potencias que originaron este modelo de
exabrupto pseudo legal, no pesen sobre la decisión que se pudiera adoptar.
En este caso, teniendo en la mayor consideración los aspectos técnicos de respaldo, un trabajo político de altura, se hace necesario en tan grave caso que nos ocupa.